El Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa ordenó que el plan no se inicie ni se ejecute mientras no se acrediten condiciones ambientales, sanitarias, de participación y consulta previa. La suspensión es preventiva y no decide de fondo la legalidad de la política.
El plan piloto del Gobierno para asperjar desde el aire cultivos de uso ilícito con glufosinato de amonio en Putumayo seguirá suspendido. El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Mocoa ordenó a los ministerios de Justicia y Defensa, a la Policía y a la Dirección de Antinarcóticos abstenerse de iniciar, continuar o ejecutar la operación.
La decisión protege de manera transitoria derechos a la vida, la salud, el agua, la integridad personal, el debido proceso ambiental, la participación ciudadana y el acceso a información ambiental. El juzgado condicionó cualquier avance a que se acredite de forma integral y verificable el cumplimiento de requisitos constitucionales, legales, ambientales, sanitarios, participativos y de consulta previa.
Es la segunda decisión judicial que frena el piloto. El 11 de septiembre, el Juzgado Tercero de Puerto Asís había concedido una medida provisional dentro de otra tutela. Las acciones judiciales cuestionan riesgos potenciales sobre población, fuentes hídricas, cultivos lícitos, biodiversidad e insectos polinizadores.
Hay una diferencia que conviene mantener clara: glufosinato y glifosato no son el mismo herbicida. El Gobierno planteó el glufosinato dentro de un piloto regulado por la Resolución 7 de 2026, mientras la aspersión aérea con glifosato arrastra su propia historia de restricciones y controversias judiciales.
El fallo de Mocoa tampoco prohíbe de manera definitiva toda aspersión aérea ni declara ilegal la política antidrogas. La propia decisión señala que la suspensión es temporal y preventiva. El Gobierno tendrá que aportar información y superar los requisitos exigidos si pretende reactivar el piloto; entretanto, la operación en Putumayo permanece detenida.













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